Icono del sitio Protection Report

Las redes sociales, un peligro para el control de los datos personales

El uso de las redes sociales, ya sea profesional o personal, es una tendencia de lo más extendida en nuestros días. Y no es para menos, ya que esta plataforma nos permite informarnos a diario de lo que pasa en el mundo, relacionarnos en cualquier momento y lugar y, por supuesto, acceder también a toda clase de contenidos y servicios en línea.

Sin embargo, más allá del efecto adictivo y distorsionador que puede generar su consumo, la huella que dejan nuestros datos personales puede poner en peligro no solo el control de los propios contenidos que compartimos en las redes, sino nuestra propia identidad digital, sin olvidar la intimidad y el derecho al honor, entre otras cuestiones.

Amenazas que plantea el uso de las redes sociales

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) advierte de que la información de carácter personal que aportamos en la red conlleva una serie de riesgos para nuestra privacidad y seguridad. De hecho, en otra ocasión ya hemos abordado el derecho al olvido, con el que podemos reivindicar que nuestros datos personales no dejen rastro en la red.

A pesar de ello, es importante tener en cuenta otros factores.

Una privacidad cada vez más restringida

Dada la cantidad de información que podemos compartir en las redes sociales y el alcance que puede tener esta, es fundamental ser conscientes de que tanto las imágenes como los vídeos subidos no desaparecen así como así de la red aunque su autor los borre.

Para ello, resulta esencial configurar adecuadamente los ajustes de privacidad de cada red social que utilicemos. De igual forma, hay que procurar no compartir determinados tipos de información como la dirección de casa o el hecho de irse de vacaciones, donde además no se suele desactivar la geolocalización. Todo ello puede socavar gravemente nuestra intimidad.

Toda esta información que se acumula en las redes sociales puede utilizarse con diferentes propósitos. De ahí que el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establezca una serie de obligaciones en lo que respecta al tratamiento que hacen las compañías de los datos de este tipo de usuarios.

Por esa razón, la ley de Protección de Datos (LOPD) recuerda que debe existir un registro de actividades relativo al tratamiento de los datos de carácter personal, además de disponer previamente el consentimiento expreso de los usuarios para dicho fin.

Otro detalle a valorar es que las empresas tienen que regirse al principio de proporcionalidad, es decir, que solo pueden tratar los datos personales estrictamente necesarios para la finalidad para la que se ha prestado autorización pertinente. En cualquier caso, los usuarios tendrán acceso a toda esta información y podrán rectificar y cancelar el tratamiento de sus datos personales.

De no cumplir esta obligación, las compañías pueden ser denunciadas e investigadas por parte de la Agencia Española de Protección de Datos, además de recibir una sanción administrativa.

Suplantación de identidad, ciberacoso y extorsión

Pese a ser un flagrante delito, es posible que alguien coja fotos de nuestra cuenta en alguna red social y que se haga pasar por nosotros, si antes no se hace con el control de esta. Esto repercute directamente en nuestra reputación online, que en algunos casos puede desembocar en un perjuicio económico, además del social.

El Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE) recuerda que en caso de que la afectada sea una empresa, esta dispone de una serie de herramientas que la legislación española contempla. Es el caso, por ejemplo, de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico si se vulnera el derecho al honor.

Otra amenaza que suscitan las redes sociales es el ciberacoso, que a su vez se puede manifestar de diferentes maneras, como el bullying, que posiblemente es el más reconocido. Sin embargo, los expertos advierten que el acoso digital puede incurrir en delitos de injurias, vejaciones, amenazas y coacciones que sí están contempladas en el Código Penal.

Una de esas amenazas o coacciones planteadas anteriormente puede ser la conocida como “sextorsión”, que se produce cuando alguien secuestra contenido de carácter sexual que otra persona ha compartido y amenaza con su difusión en caso de no ser recompensado económicamente. Un claro ejemplo de cómo nuestra intimidad puede quedar expuesta de la forma más vulnerable.

Consejos para salvaguardar nuestros datos personales en las redes sociales

Más allá de las fakenews y los challenges que se viralizan, los usuarios tienen que mantenerse firmes en lo relativo a la información que ponen a disposición de la red social. Para ello, es vital utilizar el sentido común, que pasa por no compartir información que sea sensible y a no interactuar con desconocidos. Todas estas estrategias requieren de una progresiva formación para hacer del uso de las redes sociales una actividad segura.

Yendo más allá, también es aconsejable revisar que la información en la red esté encriptada, es decir, que en la URL aparezca el protocolo “https”. Esa “s” final garantiza que la navegación por ese sitio web es segura y que la información que compartamos ahí se mantiene encriptada, incluidas las contraseñas.

Hablando de contraseñas, los expertos recomiendan que sean lo más fuertes posibles, o lo que es lo mismo, complejas y que incluso lleven caracteres al azar. El objetivo es que nadie pueda dar con ella. Por esa misma razón, hay que evitar utilizar la misma para todas las redes y que sean reconocibles por algún número que se asocie a nosotros, como nuestro cumpleaños.

Por otro lado, conviene revisar los términos y condiciones de uso de las redes sociales que tan a la ligera aceptamos. De esta manera sabremos qué datos personales recopilan de nosotros, con qué fines y de qué manera podemos ejercer nuestros derecho a rectificar el tratamiento que se haga de estos. Otro detalle a tener en cuenta es configurar las opciones de privacidad para limitar el acceso a nuestro perfil y el alcance que tiene el contenido que compartimos para así preservar nuestra intimidad.

Y en caso de acceder a las redes a través de una red wifi pública, se debe tener presente que todo aquello que se comparta y hasta el propio acceso al terminal personal puede volverse vulnerable ante cualquier tipo de intromisión no consentida.

Puedes consultar la guía de privacidad y seguridad en Internet elaborada por la AEPD, INCIBE y la Oficina de Seguridad del Internauta, además de repasar la política de privacidad de las principales redes sociales: Instagram, Facebook, Twitter, LinkedIn y TikTok.

Ante cualquier duda o consulta relacionada con aspectos relativos al cumplimiento de la Normativa sobre Protección de Datos por parte de empresas, autónomos o entidades, ponte en contacto con Protection Report, empresa de protección de datos especializada en la consultoría y asesoramiento para el correcto cumplimiento de estas normativas.

Desde 2002 prestamos nuestros servicios en todo el territorio español a través de una red de consultores especializados en esta materia, habiendo trabajado con más de 10.000 clientes que han confiado en los servicios de esta compañía.

Salir de la versión móvil