Mi duda es si son validas las grabaciones que obtienen las cámaras de seguridad instaladas en autobuses urbanos de titularidad pública que no tengan los perceptivos carteles LOPD en los accesos al vehículo. Insisto, son buses del propio ayuntamiento y no avisan de las mismas. En caso de ser necesarias, ¿esas imágenes servirían como prueba ante la ley?. Gracias.
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Las cámaras en los camiones del ayuntamiento normalmente se usan para seguridad, así que aunque no tengan el cartel que avisa, las grabaciones casi siempre sí se pueden usar como prueba; lo correcto sería que el camión tenga el aviso, pero si no lo tiene, el video no se invalida automáticamente, solo se considera una falta del servicio, pero la grabación sigue sirviendo si ayuda a aclarar lo que pasó.


